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Politica 10.02.2023

La Corte rechazó un recurso para entregar tierras a mapuches en Río Negro

El máximo tribunal denegó un pedido del Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (INAI) para dar 481 hectáreas a la comunidad Lof Che Buenulo en cercanías a Bariloche. La decisión se da tras un amparo del dueño de las tierras. 

Fuente: Cadena 3

La Corte Suprema de Justicia de la Nación rechazó este jueves un recurso del Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (INAI), con lo que dejó sin efecto el otorgamiento de 481 hectáreas de tierras a la comunidad mapuche Lof Che Buenuleo en la provincia de Río Negro.

Se trata de un amparo que inició el empresario Emilio Friedrich contra la entidad gubernamental, para que se declare la nulidad de la resolución 90/20 por medio de la cual se reconoció a la Comunidad Lof Che Buenuleo la posesión “continua y tradicional” de 92 hectáreas en Bariloche, cuya propiedad invocaba.

El 21 de diciembre de 2021, la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal le dio la razón a Friedrich y declaró la nulidad de la resolución. 

Se debe a que entendió que no se había cumplido con el procedimiento previo para resguardar los derechos de todos los interesados. 

“El deber que recae sobre el Estado Nacional de asegurar a las comunidades indígenas el pleno goce, posesión y propiedad de las tierras que tradicional e históricamente ocuparon, no puede ser sino cumplido mediante la implementación de procedimientos administrativos (así como también legislativos y judiciales) que, con el objeto de llevar a cabo tal propósito, resguarden el derecho de defensa no sólo de los colectivos aborígenes sino también de los individuos cuyos intereses legítimos pueden verse directamente afectados por las medidas adoptadas”, explicaron en la sentencia.

Además, agregaron que “el derecho a reivindicar la propiedad de los territorios aborígenes no es absoluto, al igual que todos los derechos consagrados en nuestra Ley Suprema […] circunstancia que justifica, aún más, la intervención de los sujetos cuyos derechos puedan verse efectivamente comprometidos”.

Ante esta primera resolución, el INAI presentó un recurso extraordinario, que le fue denegado. Consecuentemente, presentó un recurso de queja ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación, pero lo hizo una vez que se había vencido el plazo legal establecido para hacerlo.

Es por eso que la Corte rechazó recientemente el recurso por ser extemporáneo, lo que dejó firme la sentencia de Cámara.

“La manipulación mediática hace más daño que la bomba atómica, porque destruye los cerebros ”

Noam Chomsky