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Ciencia y Tecnología 11.01.2022

El Gobierno multó a WhatsApp con $5 millones

La Dirección de Defensa del Consumidor y Arbitraje del Consumo sancionó a Facebook Argentina, propietaria de la aplicación de mensajería instantánea más popular. ¿Por qué y qué cambiará en el servicio?

Fuente: Crónica

La Dirección Nacional de Defensa de Consumidor (DNDC) multó a la empresa Facebook Argentina SRL por establecer "cláusulas abusivas" en los nuevos Términos y Condiciones de la Política de Privacidad de WhatsApp, deberá pagar casi $ 5.000.000.

La Dirección Nacional de Defensa del Consumidor, dependiente del Ministerio de Desarrollo Productivo, imputó a la empresa Facebook Argentina SRL por infracción de los artículos cuatro y 37 de la Ley de Defensa del Consumidor.

 

¿Qué dice la Ley de Defensa del Consumidor?

  • Artículo 4: El proveedor está obligado a suministrar al consumidor en forma cierta, clara y detallada todo lo relacionado con las características esenciales de los bienes y servicios que provee, y las condiciones de su comercialización.
  • Artículo 37: La interpretación del contrato se hará en el sentido más favorable para el consumidor. (...) Cuando existan dudas sobre los alcances de su obligación, se estará a la que sea menos gravosa.

Según el fallo de la Dirección Nacional, Facebook Argentina SRL fue "abusiva" cuando estableció en sus nuevos términos y condiciones que las personas "asumen todos los riesgos" cuando usan WhatsApp.

Por otro lado, la entidad sugiere que la información y los términos no estaban claros ya que toda la información está en inglés y las traducciones al español no tienen carácter oficial.

Además, la Dirección Nacional exhortó a WhatsApp a no acceder a todos los contactos de los usuarios argentinos, ya que la empresa no determinó de manera clara qué hace con esa información.

Fue así que el Ministerio de Desarrollo Productivo aplicó una multa de $5 millones de pesos argentinos (casi US$ 50 mil), valor máximo determinado por la Ley Defensa del Consumidor. Facebook Argentina, por su parte, no presentó descargo en el plazo correspondiente.

https://twitter.com/JoyCfTw/status/1478810747152916480

 

 

El comunicado oficial

El Ministerio de Desarrollo Productivo, a través de la Dirección Nacional de Defensa del Consumidor y Arbitraje en Consumo (DNDC), aplicó una multa de $5.000.000, valor máximo determinado por la Ley Defensa del Consumidor (Ley N° 24.240), a la empresa Facebook Argentina SRL por la inclusión de cláusulas abusivas en sus Términos y Condiciones de la Política de Privacidad y Condiciones del servicio Whatsapp de mensajería instantánea.

La sanción fue establecida por la DNDC luego de determinar que las cláusulas en cuestión no cumplen con el deber de brindar información cierta, clara y detallada y, a su vez, resultan abusivas ya que la firma se desliga de sus obligaciones al limitar su responsabilidad por daños, restringir los derechos del consumidor y, por lo tanto, ampliar los de la empresa. Esto le otorga a la firma la interpretación exclusiva del contrato y le concede la facultad de modificar unilateralmente los términos del mismo, al mismo tiempo que la autoriza a rescindir el contrato sin causa y sin que medie incumplimiento del consumidor.

El proceso administrativo se inició a partir de una denuncia recibida por parte de la DNDC contra la empresa Facebook Argentina SRL por la modificación de los Términos y Condiciones de la Política de Privacidad y Condiciones del Servicio para Whatsapp, anunciado en enero de 2021. Tras abrirse la instancia de instrucción y luego de analizar los instrumentos en cuestión, se imputó a Facebook Argentina SRL por infracción a los arts. 4° y 37° de la Ley de Defensa del Consumidor. La empresa, por su parte, no presentó descargo en el plazo correspondiente.

Específicamente, se encontró, en primer lugar, abusividad en cuanto establece la eximición de responsabilidad de la firma frente a las y los consumidores, que asumen todos los riesgos por el uso del servicio. A su vez, la empresa pretende mediante la disposición transcripta, eximirse de responsabilidad por daños o limitarla a la suma de USD 100.

Por otra parte, se detectó una cláusula de prórroga de jurisdicción, que le otorga al proveedor la facultad exclusiva de elegir el tribunal competente para la resolución de conflictos, cuando la normativa establece lo contrario. En este caso, los usuarios de Argentina deberían ante un conflicto recurrir exclusivamente al Tribunal de Distrito de los Estados Unidos para el Distrito Norte de California o un Tribunal Estatal ubicado en el condado de San Mateo en California.

Además, la empresa incumple el deber de brindar información clara, ya que establece que la única versión válida al momento de dirimir un conflicto es la escrita en idioma inglés y las traducciones no tienen carácter oficial.

Finalmente, la compañía procura, además de los números de teléfono de los usuarios de Whatsapp, arrogarse la potestad de requerir de las y los usuarios del servicio de mensajería los contactos de sus libretas de direcciones -aun cuando aquellos no sean usuarios del servicio-, sin determinar el objeto, ni su alcance y, dejándolo librado a su exclusivo recurso.

¿Qué son los términos y condiciones de WhatsApp y qué establecen?

El 15 de mayo de 2021, WhatsApp hizo obligatorio un cambio en sus condiciones y términos de privacidad que causó polémica en todo el mundo y multas. Tal fue la repercusión que la empresa decidió postergarlo hasta noviembre de ese mismo año.

En esta actualización, la app de mensajería obligaba a sus usuarios a compartir sus contactos, la foto de perfil, las compras, los pagos, la dirección IP y la ubicación con la red social Facebook.

Frente a la polémica, la compañía dio marcha atrás y aclaró en un comunicado los principales beneficios de los nuevos términos y condiciones de la app: "Queremos abordar algunos rumores y ser 100% claros: continuaremos protegiendo sus mensajes privados con cifrado de extremo a extremo".

 

“El primer síntoma de que estamos matando nuestros sueños es la falta de tiempo”

Paulo Coelho