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Economía 29.06.2020

Tombolini explicó una resolución que permite la compra de dólares para víctimas del terrorismo de Estado

El vicepresidente del Banco Nación aclaró que la disposición del Banco Central alcanza a no residentes en Argentina, para que no paguen el impuesto del 30%.

Fuente: Perfil

Matías Tombolini, vicepresidente del Banco Nación, aclaró la confusión que se generó por la resolución A7052 del Banco Central de la República Argentina (BCRA), que dispone que quienes residen en el exterior y perciben fondos otorgados por el Estado Nacional, entre los que se incluye a las víctimas del terrorismo de Estado, puedan cobrar esos fondos sin pagar el impuesto País del 30%.

La resolución, que se dio a conocer el jueves 25 de junio, se viralizó el viernes en las redes con la noticia falsa de que "hijos y nietos de desaparecidos" podrían acceder operaciones en dólares "sin impuestos" y/o sin presuntos "límites", y que se habilitaba presuntamente desde la Comunicación "A" 7052 a enviar dólares (comprados al valor oficial) al exterior. En un hilo en su cuenta de Twitter, el economista aclaró la resolución en base a un recorte del programa del periodista Eduardo Feinmann, donde explica que la disposición “disimuladamente autoriza (...) que a partir de hoy los hijos y nietos de desaparecidos pueden transferir dólares al exterior, o sea fugarlos”.

“Me llega este corte de video con un análisis sobre el alcance de la resolución A7052 del BCRA donde veo que se dice que están autorizando fugar divisas a las víctimas del terrorismo de estado”, comenzó el funcionario del Banco Nación. “Me permito acercar algunos puntos que podrían ayudar a entender que la conclusión a la que se llega en el video es un GRAVE ERROR que fomenta el odio en un momento que tenemos que estar más unidos que nunca”, agregó Tombolini. Aclaró, en primer lugar, que lo que el conductor señala que “se expresa disimuladamente” en la resolución, “es parte integrante de la comunicación oficial”: “Suponer que hay disimulo en un acto administrativo, de acceso público y que leen al aire, es un contrasentido”, lanzó.

El ex candidato a jefe de Gobierno de la Ciudad explicó que la disposición del BCRA, en su punto 4, indica que hay que incorporar como punto 3.12.6 al Texto ordenado sobre Normas de Exterior y Cambios, las transferencias “a cuentas bancarias en el exterior de personas humanas que percibieron fondos en el país asociados a los beneficios otorgados por el Estado Nacional en el marco de las Leyes 24.043, 24.411 y 25.914 y concordantes”. En ese sentido, aclaró: “El error es decir que un residente que perciba ingresos derivados de dichas leyes, puede fugar divisas. Eso es porque no vieron el apartado 3.12 al que se refiere el punto 4, que es para NO residentes en el país”, destacó Tombolini. De esta forma, el economista recalcó que lo que el punto 3.12.6 agregado permite es “que un NO residente quien cobra como resultado la aplicación de esas leyes, lo pueda hacer al tipo de cambio oficial SIN pagar el impuesto PAIS”.

En la misma línea, sostuvo, se expresa la la comunicación en el punto 3.12.4 de la resolución original, A6915, que ordena que “si un jubilado NO residente, vive por ejemplo en España, pueda cobrar su jubilación argentina en moneda extranjera al tipo de cambio oficial SIN tributar el impuesto PAIS”. La medida había generado los comentarios de la oposición, la presidenta del PRO, Patricia Bullrich y el diputado Luis Petri, entre otros referentes, se manifestaron en contra de la resolución. "Mientras le pedíamos al Presidente un plan para acompañar a los comerciantes y empresarios, el BCRA decretaba un dólar nada solidario, libre de impuesto PAÍS y sin tope a ex presos políticos. Parece que en la Argentina del presente difícil, solo vale el pasado de algunos", dijo la exministra de Seguridad. El viernes, PERFIL consultó a voceros del Banco Central, quienes explicaron que se trata de una norma "que estuvo vigente hasta 2015 y que cuando Macri puso el cepo, deliberadamente dejó afuera". "Es para casos muy puntuales de personas víctimas del terrorismo de Estado que cobren indemnización y tenga residencias en el exterior. La residencia es un documento, tiene que estar declarado su residencia en el exterior. Y es para nuevos casos, no es retroactivo", detallaron.

"Y cobran igual que los jubilados argentinos que tienen declarado residencia en el exterior", sumaron. En su explicación, además, Tombolini consideró que “sería ideal que nuestro país tenga los dólares suficientes para que no tengan que existir limitaciones en el acceso a las divisas”, y manifestó que espera que, cuando se reconstruya la economía, “podamos hacerlo de tal manera que generemos las divisas que se necesitan para tener un crecimiento sustentable, sin caer en la eterna restricción externa que siempre encuentran los ciclos económicos argentinos”. Por último, el economista apuntó contra la mala interpretación de la medida y sostuvo: “Seguro que el gobierno puede cometer errores, sin dudas hay muchas cosas para mejorar, pero en momentos como el que estamos viviendo, creo que la prudencia a la hora de emitir valoraciones subjetivas invita más que nunca a chequear los datos antes que convalidar relatos que no ayudan a transitar juntos un momento tan difícil como el que vive nuestro país en particular y el mundo en general”. 

“Buscar lo que es verdadero no es buscar lo que es deseable”

Albert Camus