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Economía 05.09.2016

POR EL AUMENTO DEL GAS

La justicia declaró admisible el amparo presentado por APYME

El Juez Federal Nº 3 de la Ciudad de Córdoba Miguel Hugo Vaca Narvaja, señaló que el amparo lleva la pretensión de la declaración de nulidad de todas resoluciones dictadas por las que se produjeron los aumentos de las tarifas de gas.

Por: Agenciafe/Télam /

 El Juez Federal Nº 3 de la Ciudad de Córdoba Miguel Hugo Vaca Narvaja resolvió el pasado viernes, “declarar formalmente admisible" la acción presentada por la Asamblea de Pequeños y Medianos Empresarios (Apyme) para tratar el aumento de la tarifa de gas en el sector, indicó la entidad.

El magistrado dictaminó "declarar formalmente admisible la acción colectiva intentada, en defensa de los derechos e intereses del colectivo integrado por los pequeños y medianos industriales, comerciantes, prestatarios de servicios, productores agrarios, sectores medios, cuentapropistas, profesionales y otros afines que pudieran verse afectados”
 
Vaca Narvaja fundó su decisión, sosteniendo que en el amparo presentado por Apyme “se encuentran acreditados los requisitos previstos por el Alto Tribunal para la procedencia formal de la acción colectiva iniciada”.
 
En este marco, agregó que, en la admisibilidad admitida del amparo colectivo deducido cumple todos los recaudos previstos por la Corte Suprema de Justicia de la Nación, como propio de las situaciones de “derechos de incidencia colectiva referente a intereses individuales homogéneos”.
 
A su vez, señaló que el amparo lleva la pretensión de la declaración de nulidad de todas resoluciones dictadas por las que se produjeron los aumentos de las tarifas de gas y por ende se peticiona que“se declare nulo todo aumento a los cuadros tarifarios derivados en el tema y con motivo de las regulaciones que se impugnan”.
 
En la acción interpuesta, se busca que se ordene a las demandadas, Poder Ejecutivo Nacional-Ministerio de Energía y Minería y el Ente Nacional de Regulación del Gas (Enargas), “se abstengan de requerir y/o perseguir el cobro de cualquier suma de dinero que surja de las tarifas derivadas de las normas impugnadas”  y que no se considere válidas las audiencias públicas que no se realicen “con los modos, formas y garantías que deben tener las audiencias públicas”.
 
Finalmente, se pide que “se ordene que las demandadas confeccionen un nuevo esquema de precios y tarifas para los servicios públicos de suministro de gas, de manera razonable, gradual, proporcional y equitativo”.

“Buscar lo que es verdadero no es buscar lo que es deseable”

Albert Camus