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Judiciales 04.08.2016

La Justicia frenó el tarifazo de energía en todo el país

La jueza federal Martina Isabel Forns dejó sin efecto las resoluciones del Ministerio de Energía y del ENRE y ordenó a CAMMESA abstenerse de aplicar el nuevo cuadro tarifario. Deberán suspender las facturas ya emitidas.

Por: Agenciafe|Minutouno /

Tal como sucedió con el tarifazo de gas, la justicia puso este miércoles un freno al desmedido aumento dispuesto por el gobierno nacional en las tarifas de luz.

La jueza federal civil y comercial y contencioso administrativo de San Martín, Martina Isabel Forns, dispuso en su fallo que queden sin efecto las resoluciones nro. 6/2016, 7/2016 del Ministerio de Energía y Minería de la Nación y 1/2016 del ENRE., y ordenó a la Compañía Administradora del Mercado Mayorista Eléctrico (CAMMESA) "que se abstenga de aplicar el nuevo cuadro tarifario aprobado por la primera de las resoluciones citadas, respecto de todas las distribuidoras del país hasta tanto se realice la correspondiente audiencia pública".

El fallo ordena además al Ente Nacional Regulador de la Electricidad (ENRE), que "deberá arbitrar las medidas necesarias para el cumplimiento de lo aquí ordenado, debiendo comunicar a todos los agentes distribuidores y prestadores del servicio público del servicio de distribución de energía eléctrica del Mercado Eléctrico Mayorista (MEM), la medida dispuesta".

Esto es que "deberán suspender el cobro de las facturas emitidas como resultado de la aplicación del nuevo cuadro tarifario, y liquidar las facturas respectivas a los valores vigentes con anterioridad a las resoluciones referidas y hasta tanto se conteste el informe previsto por el art.4 de la ley 26.854".

Ante esta medida, el Dr. Pedro Sisti, abogado del área de litigio en Asociación por los Derechos Civiles, en comunicación con Radio Uno 101.3 expresó: “nos sorprendió gratamente el fallo que hizo lugar al pedido de otra asociación, no de CEPI, que frena la suba de la tarifa de luz en todo el país”. Así, las empresas deben refacturar y enviar las nuevas boletas a los usuarios sin la suba de tarifas.
En caso de que esto no se cumpla, Sisti explicó que se debe efectuar el reclamo a la compañía proveedora y, en caso de que se haya abonado una factura con la suba, se solicite que se la coloque como pago a cuenta de futuras. Por esto, explicó el abogado del área de litigio en Asociación por los Derechos Civiles, no se puede cortar la prestación del servicio en caso de no abonarse la suma en la que se aplicó el aumento.

Sisti explicó que esta medida “ordena que se retrotraiga el precio de la generación al anterior la suba por no haber complido con los pasos legales” como el llamado a una audiencia pública o el aumento paulatino de las tarifas.
 

“¿Qué tiempos son éstos en los que tenemos que defender lo obvio?" ”

Bertolt Brecht