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Judiciales 09.02.2016

ORIUNDO DE LA GUARDIA

La Corte ordenó indemnizar a un jubilado por “daño moral”

En una resolución, que lleva fecha 4 de febrero, denegó un recurso presentado por la Anses y así el organismo quedó obligado a indemnizar por "daño moral" a los familiares de un jubilado fallecido de Santa Fe. Anses tendrá que pagar $ 120.000 a los herederos por falta de ajuste de sus haberes.

Por: Clarín /

La Corte Suprema de Justicia, en una resolución que lleva fecha 4 de febrero, denegó un recurso presentado por la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS) y así el organismo quedó obligado a indemnizar por “daño moral” a los familiares de un jubilado fallecido.


En rigor, el máximo Tribunal no hizo más que confirmar una sentencia de la Cámara Federal de Apelaciones de Rosario que condenó al organismo previsional con el pago de una indemnización de 20 haberes actualizados, lo que actualmente equivale a $ 120.000.


El jubilado beneficiado por la sentencia, con 91 años, falleció en febrero de 2013. Ahora la indemnización la van a cobrar los herederos, que están presentados en el expediente judicial.


El “daño moral” y el pago de la indemnización se produjeron porque la ANSeS no actualizó el haber del jubilado de acuerdo un índice salarial tal como había ordenado un fallo anterior de reajuste de haberes emitido por la Corte.


En este caso, la ANSeS cumplió con el pago del retroactivo y reajustó el haber del jubilados, pero no lo fue actualizando por el citado índice y eso provocó un consiguiente deterioro por la inflación.


Si bien este fallo tiene efectos individuales –beneficia solamente al demandante José Cánepa- abre las puertas de los Tribunales para miles de jubilados que también padecen demoras en el pago de sentencias o directamente incumplimientos por parte del organismo que administra el sistema previsional, tanto en el cobro de las sentencias como en el reajuste de los haberes. Y eso los obliga a iniciar nuevas demandas para que se haga efectivo aquello que ya había resuelto la Justicia.


En este caso, y ante la falta de actualización de sus haberes, Cánepa inició un proceso de ejecución de sentencia, obteniendo nuevamente sentencia favorable: primero del Juzgado Federal 1 de Santa Fe, y después -tras la apelación que hizo la ANSeS- de la misma Sala II de la Cámara en febrero de 2002.


Sin embargo, y a pesar de los reiterados pedidos, la ANSeS siguió sin actualizar los haberes del jubilado. Tras reiterados pedidos, denegados a pesar de informes que señalaban que vivía en situación de pobreza y que padecía diversas enfermedades, en 2009 –contaba en ese momento con 86 años– inició una nueva demanda, esta vez para exigir un resarcimiento por “daño moral”.


En 2011 el Juzgado Federal 2 de Santa Fe rechazó esa demanda, pero en octubre de 2014 la Sala B de la Cámara Federal de Apelaciones de Rosario revocó esa sentencia e hizo lugar a la demanda de daños. Ahora esa sentencia quedó firme con el fallo de la Corte Suprema.


“No es normal experimentar una demora de tantos años como vivenció Cánepa”, explicó su abogado Martín Cortés en diálogo con este diario. Pero aclaró que “es muy natural que la ANSeS no cumpla con las sentencias en tiempo y forma”.


La mayoría de los juicios de jubilados son por reajustes de haberes tras la crisis de 2001-2002. Luego crecieron cuando la Corte Suprema dictó varios fallos favorables, como el caso Badaro o Eliff entre 2002 y 2006.

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