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Información General 28.08.2021

DELITOS INFORMÁTICOS

Se realizaron 6 allanamientos por pornografía infantil en el norte provincial

Fueron en la ciudad de Reconquista y Avellaneda con pistas que surgieron en el marco internacional que tiene la persecución de este tipo de delitos.

Fuente: Agenciafe

Sebastian Marichal- Fiscal de Reconquista - Parte 1

Sebastian Marichal- Fiscal de Reconquista - Parte 2

Durante este jueves se llevaron adelante 6 allanamientos simultáneos en Reconquista y Avellaneda , en el marco de una investigación por publicación y distribución de pornografía infantil, solicitados por el fiscal Juan Marichal quien esta mañana brindó detalles en Mañana Oh!..

Según confirmó el fiscal, en las requisas se secuestraron computadoras y celulares por investigaciones que se generan en Estados Unidos a partir de tráfico de pornografía infantil en redes. El material secuestrado será peritado para corroborar si tienen material de estas características. Si bien No se ordenó ninguna detención, hubo traslado de algunas personas a la Oficina de Trata de Personas en Reconquista.

El fiscal Marichal explicó que las pistas surgieron en el marco internacional que tiene la persecución de este tipo de delitos. Estos informes dan una IP y un usuario de redes asociado a un teléfono o cuenta de correo y a partir de allí hay que verificar si en estos dispositivos se encuentran estos elementos. "De momento todo está por ser investigado"

Los reportes por parte de la ONG que investiga estos casos que se remiten a nación y luego a Santa Fe son frecuentes según el funcionario. “Tienen que ver con la publicación o difusión de imágenes o videos”.

Qué dice la ley:

El artículo 128 del Código Penal Argentino estable que será reprimido con prisión de tres (3) a seis (6) años el que produjere, financiare, ofreciere, comerciare, publicare, facilitare, divulgare o distribuyere, por cualquier medio, toda representación de un menor de dieciocho (18) años dedicado a actividades sexuales explícitas o toda representación de sus partes genitales con fines predominantemente sexuales, al igual que el que organizare espectáculos en vivo de representaciones sexuales explícitas en que participaren dichos menores.

Será reprimido con prisión de cuatro (4) meses a un (1) año el que a sabiendas tuviere en su poder representaciones de las descriptas en el párrafo anterior.

Será reprimido con prisión de seis (6) meses a dos (2) años el que tuviere en su poder representaciones de las descriptas en el primer párrafo con fines inequívocos de distribución o comercialización.

Será reprimido con prisión de un (1) mes a tres (3) años el que facilitare el acceso a espectáculos pornográficos o suministrare material pornográfico a menores de catorce (14) años.

Todas las escalas penales previstas en este artículo se elevarán en un tercio en su mínimo y en su máximo cuando la víctima fuere menor de trece (13) años.

“¿Qué tiempos son éstos en los que tenemos que defender lo obvio?" ”

Bertolt Brecht