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Sociedad 04.07.2021

CORONAVIRUS

Cambios en el protocolo para santafesinos que regresen del exterior

La provincia dispuso una nueva batería de medidas preventivas para evitar contagios de la temible variante Delta del coronavirus.

Fuente: Sin Mordaza

El gobernador Omar Perotti dispuso este jueves a través del Decreto 1050 que, con carácter precautorio, "las personas que a partir de la fecha del presente decreto ingresen al territorio de la Provincia de Santa Fe por cualquier punto de la misma provenientes del extranjero, y con independencia del medio de transporte que empleen a tal fin, deberán observar en sus domicilios o lugar de residencia que denuncien, por el término de siete (7) días corridos desde su ingreso las medidas de aislamiento obligatorio a que hace referencia el artículo 7° del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 260/20, prorrogado hasta el 31 de diciembre de 2021 por su similar N° 167/21, al que la Provincia adhiriera por Decreto N° 0173/21)".

En el mismo decreto, pero en el artículo siguiente refiere a que los santafesinos y santafesinas, luego de cumplidos los siete días de aislamiento, deben realizar un test de coronavirus.

Si resulta positivo, el laboratorio que lo realice deberá informar a la autoridad sanitaria nacional para que se secuencie genómicamente la muestra de laboratorio. A su vez, el Ministerio de Salud de la provincia debe realizar el inmediato rastreo de los contactos estrechos del viajero que deberá continuar guardando aislamiento hasta tener el alta.

En tanto, los Ministerios de Salud y Seguridad se constituirán equipos de constatación domiciliaria del cumplimiento de las restricciones dispuestas por las autoridades sanitarias con motivo de la pandemia, "pudiendo requerir a tales fines la colaboración del Ministerio Público de la Acusación y de los Juzgados Comunitarios de Pequeñas Causas, allí donde estos existan; formulando las denuncias pertinentes en caso de constatar incumplimientos", establece el documento.

Complementariamente y sin perjuicio de lo anterior "se podrá requerir la colaboración e intervención de los organismos federales competentes, en las constataciones que se efectúen; debiendo en todos los casos notificar y dar intervención de las medidas a las Municipalidades y Comunas donde la persona que haya ingresado a la Provincia proveniente del extranjero denuncie que va a cumplir la medida de aislamiento social".

La Secretaría de Gestión Federal de la Gobernación será la autoridad de aplicación del régimen establecido en el presente decreto, estando a su cargo la coordinación de la actividad de los organismos provinciales, con las Municipalidades y Comunas, y con los del Gobierno Nacional competentes.

“Un libro no acabará con la guerra ni podrá alimentar a cien personas, pero puede alimentar las mentes y, a veces, cambiarlas”

Paul Auster