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Información General 16.06.2019

ELECCIONES GENERALES

Recuerdan que en esta elección no se puede eximir del voto

El trámite que habilita al electorado a no concurrir a los comicios solo podía realizarse en las PASO. 

Fuente: El Litoral

El Tribunal Electoral de la provincia de Santa Fe recordó que en esta oportunidad la población no puede eximirse de votar. 

El trámite que habilita al electorado a no asistir a las urnas sólo se puede realizar en los comicios Primarios Abiertos Simultáneos y Obligatorios (PASO).  

"En la elección general el voto es obligatorio y en el caso de que no se haga, se tendrá que justificar luego", explicó en diálogo con El Litoral el , secretario electoral Roberto Pascual. 

 

Motivos para realizar la justificación de la no emisión de voto:

 

–Los jueces y sus auxiliares que por imperio de esta ley deban asistir a sus oficinas y mantenerlas abiertas mientras dure el acto comicial.

–Los que el día de la elección se encuentren a más de quinientos (500) kilómetros del lugar donde deban votar y justifiquen que el alejamiento obedece a motivos razonables.

–Los enfermos o imposibilitados por fuerza mayor, suficientemente comprobada, que les impida asistir al acto.

–El personal de organismos y empresas de servicios públicos que por razones atinentes a su cumplimiento deban realizar tareas que le impidan asistir al comicio durante su desarrollo.

 

Documentación a presentar para justificar la situación declarada:

 

–Constancia donde se verifique el desempeño de sus funciones durante las horas en que se desarrolla el acto electoral.

–Certificado extendido por la autoridad policial del lugar en donde encontraba el día del comicio.

–Certificado extendido por médicos oficiales, provinciales o municipales (en ausencia de éstos por médicos particulares)

“Más vale la pena en el rostro que la mancha en el corazón”

Miguel de Cervantes